Política de fuentes
Qué fuentes utilizamos y cómo las priorizamos.
Jerarquía
Se priorizan BOE y organismos públicos para legislación; Ministerio de Sanidad, AEMPS, OMS y agencias sanitarias para información pública; sociedades científicas y guías clínicas para práctica médica; y publicaciones revisadas por pares para evidencia específica.
Seguros
Para cuestiones aseguradoras se priorizan la Ley de Contrato de Seguro, la DGSFP, documentación contractual pública y, de forma complementaria, información sectorial. Las condiciones de una entidad concreta solo deben atribuirse a documentación verificable de esa entidad.
Enlaces directos
Siempre que sea posible se enlaza al artículo legal, guía, estudio o documento concreto y no solo a la página principal de una institución.
Fuentes que evitamos
No se usan blogs anónimos, contenido sin autoría o páginas de afiliación como fuente principal para afirmaciones médicas o jurídicas importantes.
Actualización
Una fuente antigua puede mantenerse si sigue siendo la referencia vigente. Cuando existe una guía nueva que sustituye claramente a la anterior, se prioriza la versión actual.
Cómo citamos
Al final de cada guía se identifica el organismo o autor, el documento o tema y un enlace directo cuando existe una URL estable. Se evita citar “Internet” de forma genérica o utilizar una página comercial como única prueba de una afirmación sensible.
Fuentes comerciales
La documentación de una aseguradora puede utilizarse para describir sus propias condiciones, pero no se extrapola automáticamente a todo el mercado. Las comparaciones entre entidades requieren revisar documentos equivalentes y vigentes.
Fecha y versión
Cuando una fuente tiene versión o fecha de publicación, se conserva ese contexto para evitar presentar como actual una recomendación sustituida o una condición contractual antigua.